Finiquito por baja voluntaria: qué cobras
Si dejas la empresa por tu cuenta cobras el finiquito completo: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y la parte de las pagas extra. No hay indemnización ni paro por ese cese. Tienes que avisar con los días de preaviso de tu convenio, normalmente 15; si no lo haces y tu convenio lo prevé, pueden descontarte esos días.
Actualizado el 27 de octubre de 2026 · Fuentes: Estatuto de los Trabajadores, art. 49 · Ley General de la Seguridad Social, art. 267
Qué cobras y qué no
- Sí cobras: los días trabajados del último mes, las vacaciones generadas y no disfrutadas y la parte proporcional de las pagas extra (art. 49 ET).
- No cobras indemnización: la baja voluntaria no la tiene.
- No tienes paro por ese cese: la baja voluntaria no es situación legal de desempleo (art. 267 de la Ley General de la Seguridad Social). Sí lo puedes recuperar si después trabajas en otra empresa y te despiden.
El preaviso
El Estatuto dice que hay que avisar con el preaviso que fije tu convenio o la costumbre del lugar (art. 49.1.d ET). En la mayoría de convenios son 15 días, y en algunos puestos técnicos o de responsabilidad, un mes o más. Si no avisas a tiempo y tu convenio lo prevé, la empresa puede descontarte del finiquito el salario de los días que falten.
Avisa siempre por escrito y quédate con una copia firmada o un acuse de recibo.
Ejemplo con números
Ganas 24.000 € brutos al año en 14 pagas, te vas el 15 de noviembre de 2026 y has disfrutado 10 días de vacaciones:
- Salario de noviembre: 857,14 €.
- Vacaciones no disfrutadas: 1.066,47 €.
- Paga de Navidad generada: 1.285,71 €.
- Finiquito: 3.209,32 € brutos.
- Si tu convenio pide 15 días de preaviso y solo avisas con 10, podrían descontarte 5 días: 1.714,29 € ÷ 30 × 5 = 285,71 €.
Información general basada en la normativa vigente. No sustituye el asesoramiento de un abogado laboralista, graduado social o sindicato, ni lo que diga tu convenio colectivo.
Preguntas frecuentes
¿Si me voy de la empresa me pagan el finiquito?
Sí. El finiquito se paga siempre que termina el contrato, también por baja voluntaria: salario pendiente, vacaciones no disfrutadas y pagas extra.
¿Cuántos días de preaviso hay que dar?
Los que diga tu convenio colectivo; lo más habitual son 15 días. Si tu convenio no dice nada, se aplica la costumbre del lugar.
¿Tengo derecho a paro si me voy voluntariamente?
No por ese cese, porque la baja voluntaria no es situación legal de desempleo. Si luego trabajas en otra empresa y te despiden, sí puedes cobrarlo.